¿Son obligatorios los colaboradores voluntarios taurinos? Es una de las cuestiones que comunicamos en los nuevos municipios donde entramos a trabajar como Gestoría Taurina, y siempre apelamos a la normativa vigente. Preferimos, ser "intensos" en comunicar y aconsejar cumplir escrupulosamente el actual marco legal por el que pasan los festejos taurinos en Aragón, que dejar todo al azar.
“La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento” dice el párrafo primero del artículo 6 del Código Civil español (Ley fundamental y básica del derecho civil español). Esto quiere decir, que no ser conocedores de una normativa no es excusa para, qué el organizador, en el caso de los festejos taurinos populares en Aragón, en su mayoría Ayuntamientos, deban cumplirla. Esto quiere decir, qué aunque las Gestoría Taurinas facilitemos toda esta materia, estos deben ser conocedores de estas cuestiones, pues en el caso de incidencia el responsable máximo en la mayoría de los casos será el organizador.
Por ello, uno de los puntos claros y que hay que cumplir en el Reglamento Taurino de festejos taurinos populares es la presencia de cinco colaboradores taurinos que auxilien al director de lidia durante el festejo. En el Artículo 7, del DECRETO 71/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Reglamento de festejos taurinos populares, indica que para autorizar un festejo, entre otros documentos, se deberá aportar: p) Relación nominal, como mínimo, de cinco colaboradores voluntarios capacitados para auxiliar al director de lidia, con indicación de su documento nacional de identidad. Estos deberán estar identificados por una prenda superior de color llamativo (camiseta), en el que se indique colaborador taurino. Estos cinco miembros deberán estar presentes antes y durante el festejo hasta su finalización, y su presencia deberá ser cotejada por el Presidente del Festejo.
En caso de inspección rutinaria de la Unidad de Policía Nacional Adscrita Al Gobierno de Aragón (hablaremos de sus funciones en otro post), si no están presentes al menos cinco voluntarios los agentes de la autoridad levantarán acta y podrán redactar una propuesta de sanción al organizador por no cumplir el reglamento.
¿Qué pasa si falla alguno de los voluntarios? Desde TOROSOCIAL aconsejamos elaborar una lista de más de cinco, por si alguno de ellos falla poner un suplente, no obstante, en caso de fallar alguno de ellos, con tal de reponerlo e indicarlo en acta sería suficiente. Desde TOROSOCIAL aconsejamos y acompañamos en el día a día a Ayuntamientos y Empresas en materia legal y taurina; si quieres que te acompañemos a ti también contacta con nosotros: gestion@torosocial.es
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