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Menores de 16 podrán participar en festejos taurinos


A 23 de mayo entre en vigor la modificación del Reglamento Taurino de Aragón a través del DECRETO 71/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Reglamento de festejos taurinos populares, aprobado por el Decreto 226/2001, de 18 de septiembre, el Reglamento por el que se regula la autorización y funcionamiento de las plazas de toros portátiles, aprobado por el Decreto 15/2003, de 28 de enero, el Reglamento de escuelas taurinas de Aragón, aprobado por el Decreto 16/2003, de 28 de enero y el Reglamento de espectáculos taurinos, aprobado por Decreto 223/2004, de 19 de octubre.


Son varios los cambios realizados, entre ellos la forma de solicitar las autorizaciones de los festejos taurinos populares por parte, principalmente de Ayuntamientos y representantes de estos (Gestorías Taurinas), en los que cambiará la documentación a tramitar así como el famoso "Documento de Arraigo Tradicional" por el cual había que justificar la tradicionalidad de los festejos taurinos en el municipio.


SERVICIOS SANITARIOS


La dotación de transporte sanitario según el nuevo reglamento será como mínimo una SVB (Soporte Vítal Básico), en el anterior la dotación mínima era una Ambulancia Convencional. La SVB podrá ser conferida como enfermería en caso que de el Consultorio Médico o local cercano no puedan ser habilitados como tal.


CERTIFICADOS ARTUITECTOS

Los profesionales titulados según confiere la publicación del BOA, además de autorizar que las plazas de toros portátiles o recintos taurinos habilitados tienen las condiciones de seguridad y solidez adecuadas, deberán acreditar en dicho certificado qué "la ambulancia está ubicada en un lugar libre de cualquier impedimento físico y que las vías de evacuación y el recorrido a utilizar permitan un rápido y eficaz traslado de los heridos".


De igual forma se certificarán los obstáculos taurinos que puedan emplearse en el festejo.


PARTICIPACIÓN MENORES DE 16 AÑOS


La modificación del reglamento permitirá la participación de menores de 16 años en condiciones especiales y concretas, tal y como dispone en el Artículo Cinco, Punto 4 y 5.


a) Exclusivamente menores de entre catorce a dieciséis años, previo consentimiento escrito de sus padres o de quienes les sustituyan en el ejercicio de funciones propias de la autoridad familiar o patria potestad, cuando intervengan exclusivamente reses de ganado de lidia de hasta veinticuatro meses, debidamente identificadas.

b) Exclusivamente menores de catorce años acompañados de sus padres o de quienes les sustituyan en el ejercicio de funciones propias de autoridad familiar o patria potestad cuando intervengan exclusivamente reses de ganado de lidia de hasta dieciocho meses, debidamente identificadas.


El control y responsabilidad del cumplimiento de las condiciones de desarrollo de los festejos taurinos populares señalados en el apartado anterior corresponderá al organizador”, quien deberá implementar las condiciones de control y documentos responsables concretos.


NUEVOS DOCUMENTOS


El Gobierno de Aragón dispensará diferentes plantillas tipo con modelos normalizados para todos los organizadores y gestores dispuestos próximamente en la plataforma digital del propio ente autonómico.


Disposición transitoria segunda. Autorizaciones.


1. Los expedientes administrativos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto se regirán por lo dispuesto por la normativa vigente en el momento de su solicitud.

2. Las autorizaciones administrativas que se encuentren vigentes a la entrada en vigor del reglamento aprobado por este Decreto, seguirán produciendo su efecto hasta la finalización del período de validez por el que se hubiesen concedido.


A groso modo estos son algunos de los cambios que establece la modificación del Reglamento Taurino de Aragón, entre otros muchos. Desde TOROSOCAL GESTORÍA TAURINA, asesoramos a Ayuntamientos y Empresas en el proceso burocrático de consecución de autorizaciones para festejos taurinos, de igual forma pueden contactar con nosotros a través del email gestion@torosocial.es y el teléfono 646769109 para solicitar información y/o asesoría en cuanto a la nueva normativa.




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